Sí. Sujetar y utilizar el teléfono mientras se espera ante un semáforo en rojo puede suponer una multa de 200 € y la pérdida de seis puntos del permiso de conducir. Que el vehículo esté momentáneamente inmóvil no significa que el conductor haya dejado de conducir.
Es uno de esos gestos que muchos repiten casi sin pensarlo: el semáforo cambia a rojo, el coche se detiene y la mano busca el móvil para mirar una notificación, responder un mensaje o cambiar la música. Sin embargo, la norma no concede una tregua durante esa espera.
La propia Dirección General de Tráfico incluye esta situación entre las preguntas que más errores provocan en los exámenes. Su respuesta oficial no deja demasiado margen: utilizar el teléfono sujetándolo con la mano mientras se permanece ante un semáforo en rojo se sanciona con 200 € y seis puntos.
Estar detenido no equivale a estar aparcado
La confusión procede de considerar que, al no moverse el coche, ya no existe conducción. La legislación diferencia entre detención, parada y estacionamiento. La detención es la inmovilización del vehículo por una emergencia, por las necesidades de la circulación o para cumplir una obligación reglamentaria. Esperar ante una luz roja entra en este último supuesto.
El conductor continúa dentro de la circulación y debe estar preparado para reanudar la marcha cuando el semáforo cambie. Da igual que haya puesto el punto muerto o que el sistema automático haya apagado temporalmente el motor: el vehículo no está estacionado.
El texto refundido de la Ley de Tráfico obliga además al conductor a mantener la atención permanente y prohíbe utilizar dispositivos de telefonía móvil durante la conducción, salvo que la comunicación se realice sin emplear las manos ni utilizar auriculares. La norma califica como infracción grave usar el teléfono sujetándolo con la mano y el anexo II establece expresamente la retirada de seis puntos.
Es una pérdida considerable. Seis puntos representan la mitad del saldo ordinario de un conductor que tenga doce y tres cuartas partes de los ocho puntos con los que comienza un conductor novel.
La sanción económica general para las infracciones graves es de 200 €. Si el infractor paga voluntariamente dentro de los veinte días naturales siguientes a la notificación, puede beneficiarse de una reducción del 50% y abonar 100 €. El descuento solo afecta al dinero: los seis puntos se pierden igualmente. Además, el pago reducido implica renunciar a presentar alegaciones por la vía administrativa.
¿Y si el móvil está colocado en un soporte?
Llevar el teléfono en un soporte homologado no autoriza a manipularlo mientras se conduce. Tocar la pantalla para escribir, buscar una dirección o cambiar una aplicación puede suponer otra infracción grave, sancionada con 200 € y la pérdida de tres puntos cuando el dispositivo no se está sujetando con la mano.
La alternativa segura es configurar el navegador y la música antes de iniciar la marcha, utilizar órdenes de voz o detenerse en un lugar donde esté permitido estacionar. Solo cuando el vehículo está correctamente aparcado y fuera de la circulación puede manejarse el teléfono sin incurrir en esta infracción.
La DGT ha iniciado este 5 de octubre una nueva campaña de vigilancia de las distracciones, con controles de la Guardia Civil y de las policías autonómicas y locales, además de cámaras capaces de captar el uso del teléfono. El organismo aporta dos cifras que explican la atención puesta en estas conductas: las distracciones estuvieron presentes en el 32% de los siniestros mortales registrados en 2025, un total de 444, y el móvil originó el 47,4% de las denuncias formuladas durante la campaña anterior.
Así que el semáforo en rojo no es una pausa para revisar WhatsApp. A efectos de Tráfico, el conductor sigue conduciendo, aunque las ruedas lleven varios segundos sin moverse.